este Tribunal teniendo como norte la sana prudencia considera necesario esperar las resultas del recurso de Apelación que se encuentra pendiente, por lo que, se Abstiene de hacer entrega de la referida cantidad de dinero que fue ejecutada y que se encuentra en Cheque Nro. 49201271, contra el Banco Caribe, por la cantidad de Bolívares CINCUENTA Y SEIS MILLONES CATROCIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS OCHO BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (Bs. 56.415.808,06) y a los fines de que no se vea mermada esta cantidad de dinero en detrimento de su beneficiario, ordena la Apertura de Cuenta de Ahorros a nombre del ciudadano ORLANDO JOSE RONDON, parte Actora en la presente Causa. En consecuencia Ofíciese a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Laboral, a los fines de que realice las gestiones tendientes a dar cumplimiento a lo aquí ordenado