Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control, Audiencia y Medidas Nº 1 en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley, ORDENA LA INMEDIATA APREHENSIÓN del Acusado; DAVID ALFREDO LUCES, Venezolano, natural de Pequin, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 16-11-1979, residenciado en el Rincón, Calle Principal, casa 04, (cerca de el Salto), Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, teléfono 0416-781-6648 de 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.570.680, de estado Civil Casado, de profesión u oficio Electricista, hijo de los ciudadanos: Osorio Carlos (V) Y Bestalia Maria Luces (V), teléfono Nº 0416-781-6648, en virtud que se encuentran llenos los extremos exigidos en los Artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, y con fundamento a los Principios Generales del Derecho, tales como son la inmediación y la celeridad procesal; principios .....