esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la Fiscal Décimo Primera Especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Ministerio público del Estado Anzoátegui, Dra. Egris Lira Zambrano, a requerimiento del ciudadano GILBERTO ALEJANDRO PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.676.182, domiciliado en Avenida las Mercedes, Saca Nº 58, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de.....