Por todo lo anteriormente expuesto, éste Juzgado del Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se declara "INCOMPETENTE" a razón de la Cuantía, para el conocimiento de la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES, incoado por el ciudadano ARACELI JOSEFINA MAURERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V- 10.938.871, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 84.994 Actuando en representación propia, en contra del ciudadano RAYNER ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 14.165.459, domiciliado en la Calle Santa Teresa, casa Nº 58 sector el mangar de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, remítase la presente causa al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL .....