Por todo lo antes expuesto en la narrativa del presente fallo, este Tribunal Primero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Simón Rodríguez Y San José De Guanipa De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, Actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, Declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana RAMONA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-6.628.663, domiciliada en La Calle Republica, Casa S/N, Sector Urbanística 2000, El tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el ciudadano ABG. EDUARDO ENRIQUE PALMA, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 219.419, de conformidad con lo establecido en los Artículos 263 y 264 ejusdem, se da por consumado el acto, procédase como sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así de decide.-
SEGUNDO: Se ordena la devolución a la soli.....