Decreta lo siguiente: PRIMERO: Se DECLARA como la ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de Cujus NATIVIDAD DE JESUS GUERRA ROJAS, quien fuera venezolana, de 67 años de edad, de profesión Camarera, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.460.018, Natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, domiciliada en la Sexta Carrera Norte, casa S/N, Sector Pueblo Nuevo Norte, El Tigre, Estado Anzoátegui, falleció ab-intestato en fecha 03 de Junio del 2011, a los ciudadanos: NELLYS TRINIDAD CARABALLO GUERRA, MARIELA DEL CARMEN CARABALLO GUERRA, CATALINO ANTONIO CARABALLO GUERRA, JOSE DE JESUS HERNANDEZ GUERRA, JENNY DEL VALLE HERNANDEZ GUERRA y DANNELIS DEL CARMEN CARABALLO GUERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.068.887, V-8.972.486, V-11.655.220, V-12.014.209, V-13.753.149 y V-5.998.429, respectivamente.- SEGUNDO: Se dejan a salvo los derechos de terceros, que no habiendo sido incluidos en la presente solicitud posean derechos sobre los petitorios fo.....