Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, por INEPTA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES, la demanda de COBRO DE BOLIVARES, seguido a través del procedimiento por Intimación y de cobro de honorarios profesionales, incoada por la ciudadana LAURA ENRIQUE SILVA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.229.541,debidamente asistida en este acto por la Abogada BRENDA SEQUEA CALDERON, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 120.488, contra el ciudadano FREDDY JOSE CUESTA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 16.249.707, y de este domicilio, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo.....