DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado GILBERTO ANTONIO DIAZ MONTES, en su condición de Fiscal Octavo del Ministerio Publico de este Estado, contra la decisión dictada en fecha veintidós (22) de Junio del 2005, por el Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, Extensión El Tigre, mediante la cual decreto la Libertad sin restricción de los ciudadanos AMILCAR RAFAEL BLANCO BENZAL, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 17.591.238, natural de El Tigre, estudiante, residenciado en la Calle Aragua, casa N° 61, San José de Guanipa, Estado Anzoátegui y JUNIOR RAFAEL RODRÍGUEZ, venezolano, natural de Cantaura, de profesión u oficio Albañil, soltero, titular de la cedula de identidad N° 18.982.9365, residenciado e.....