SE DECLARÓ ADMISIBLE, de conformidad con lo previsto en el artículo 447 de la Ley Adjetiva Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada LISBETH FIGUERA en su condición de Defensora de Confianza de los ciudadanos LEONARDO JESUS SANCHEZ, ADISON ARCIA MARCANO y YOSEPH ENMANUEL MIRANDA, titulares de las cédulas de identidades números 23.724.916, 19.008.947 y 18.278.296 respectivamente, contra la decisión publicada en fecha 16 de abril de 2013, por el Tribunal de Juicio Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENÓ a los acusados ut supra mencionados a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de SECUESTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 10 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio del ciudadano XIE CHAOHAI. En consecuencia se ACUERDA fijar la audiencia oral y pública a que se contrae el artículo ut supra referido, para la DÉCIMA audiencia siguiente, a las 10:00 horas de la mañana, verificadas c.....