Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, declara ADMISIBLE, de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JOSE LUIS RUSSIAN FLORES y ALEXANDER JOSE CUELLAR PERALES, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio y Auxiliar Interino, respectivamente, en la Fiscalía Vigésima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Anzoátegui, con competencia para actuar en la Fase Intermedia y Juicio Oral, en contra de la decisión de fecha 09 de diciembre de 2016, dictada por el Tribunal Primero en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante el cual acordó medidas cautelares sustitutivas de libertad a favor del acusado WILLIAMS RAFAEL RAMOS BRONT titular de la cédula de identidad V-13.783.621, por la presunta comisión de los .....