Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ZIMARU FUENTES NATERA, en su carácter de Defensora Pública Décima Primera Penal del imputado LEONEL VALENTIN GONZALEZ, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 12 de enero de 2009, mediante la cual decretó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, contra el citado ciudadano, al haberse demostrado cumplidos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, y no haberse determinado la falta de fundamentación e inmotivación expresadas en él. Quedando así confirmada la decisión impugnada. ASÍ SE DECIDE.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase la presente causa al Tribunal de.....