SE DECLARÓ SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano EDGAR JOSE MATA, en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil SERVICIOS MATA C.A., (SERMAT, C.A.), asistido por el Abogado ELIS RAFAEL ZAMORA, contra la Juez Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Dra. ELIANA RODULFO LUNAR, con fundamento en el artículo 89 numeral 8 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de la no existencia de pruebas que demuestren la causal alegada.