Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano SANTINO HUMBERTO FICARRA ESTABILITO, en su carácter de solicitante del vehículo clase camión, tipo camión, placas 53I RAA, en contra de la ciudadana PETRA ORENSE DE LUGO, Juez de Primera Instancia en función de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, de conformidad con el artículo 86 Ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase la presente causa al Tribunal de origen.