DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriores, esta Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la recusación interpuesta por el Abogado JOSÉ DANIEL CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.872, en su condición de Defensor de Confianza del ciudadano CHRISTIAN GIL, en virtud de que no encuentra que la Juez de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 07 de este Circuito Judicial Penal, Dra. ELBA UROSA DE LANZA, haya emitido opinión al fondo de la causa, puesto que no hubo pronunciamiento alguno en cuanto a la existencia o no en las formalidades exigidas para la acusación fiscal que eventualmente conlleven a decretar el sobreseimiento de la causa; sino que decidió que la misma debe ser resuelta en la audiencia preliminar. Por tanto no está presente la causal de recusación prevista e.....