Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ELIZABETH RODRÍGUEZ ZERPA, en su carácter de defensora de confianza de los ciudadanos RONALD JOSÉ RODRÍGUEZ VALENZUELA y ÁLVARO LUIS DÍAZ MARTÍNEZ, contra la decisión dictada en fecha 09 de noviembre de 2006, por el Tribunal de Juicio N° 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENO a los referidos ciudadanos a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, SEIS (6) MESES, DOS (02) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISION, por la comisión de los delitos de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE COLECTIVO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en los artículos 357 tercer aparte, 277 y 218 todos del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el art.....