declaro: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada JULNEILA RODRIGUEZ GONZALEZ, en su carácter de Defensora Pública Décima del ciudadano MOISES ANTONIO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 18.279.533, contra la decisión dictada en fecha 10 de julio de 2015, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en la cual decretó medida privativa judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano ut supra mencionado, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, AGAVILLAMIENTO Y PRIVACIÒN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en los artículos 458, 286 y 174 del Código Penal respectivamente y PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley Especial para el Desarme y Control de Armas y Municiones, al haberse demostrado llenos los extremos exigidos en los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de.....