Este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION ejercida por el ciudadano REINALDO JOSE MARCANO VELIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.287.639, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ARACELIS RENDON, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 147.837, en contra de la sentencia dictada en fecha 10 de Agosto de 2.015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, la cual declaró: SIN LUGAR el Cumplimiento de Contrato, que incoara el ciudadano Reinaldo José Marcano Véliz, en contra de los ciudadanos Félix Anastacio González Aparicio y Rhaiza Jacqueline Glave de González.-