Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Desistido el Recurso de Apelación ejercido en fecha 27 de julio de 2009, por la ciudadana KARINA DEL CARMEN VENUTI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 10.938.124, contra decisión dictada por dicho Juzgado en 16 de julio de 2009, mediante el cual declaro:" (...)EXTINGUIDA la instancia, en el presente juicio de divorcio ordinario, incoado por la ciudadana KARINA DEL CARMEN VENUTI CARVAJAL DE GRANADO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N°: V-10.938.124, debidamente asistido por la abogada en ejercicio DAMARYS MALAVER MATA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 21.628, contra su cónyuge, el ciudadano LUÍS ANGEL GRANADO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N°. V 4.716.647. En consecuencia, este Tribunal, CONFIRMA en todas sus partes el fallo recurrido.
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