Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercido por el abogado GABRIEL MAZZALI ALDANA, Venezolano, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad N° 12.980.482, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 89625, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario de esta Circunscripción Judicial, de fecha 14 de marzo de 2013.
SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada, en consecuencia debe reponerse la causa al estado de nueva admisión, tal como lo expresó el Juzgado recurrido.