Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado JOAQUIN BELLO FIGUERA, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio por SIMULACIÓN, propuesta por el ciudadano DUNIA WAHAB DE OCHOA venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N°. 5.190.819, contra los ciudadanos MARIA INES BRAVO y PAULINO OCHOA BELLO, venezolano, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.494.963 y 5.785.205, respectivamente, por estar fundamentada en causal legal.