Este Tribunal Superior admite dicho Desistimiento y lo HOMOLOGA, pasándolo como sentencia con Autoridad de cosa juzgada; así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. En consecuencia se ordena al Juzgado A-quo, suspender la medida de embargo ejecutiva que pesa sobre el inmueble distinguido de la siguiente manera: Consistente en un (01) Apartamento distinguido con el Nº 170, ubicado en Conjunto denominado Doral Beach Villas, Tennis & Golf Club, Complejo Turístico El Morro, Avenida Américo Vespucio, Parcela H234, Edificio UNO, Módulo 1-C, jurisdicción del Municipio Sotillo, del Estado Anzoátegui, con un área total de 94,92 Mts2, con los siguientes linderos: NORTE: En aproximadamente cuatro metros (4 Mts.) con pasillo de acceso; SUR: En aproximadamente cuatro metros (4 Mts.) con espacio libre; ESTE: En aproximadamente trece metros (13 Mts) con apartamento Nº 168 y OESTE: En aproximadamente trece metros (13 Mts.) con ap.....