DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a favor del imputado llamarse LUIS MIGUEL MOYA MENDOZA, de nacionalidad venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.478.625, nacido en fecha 14.03.94, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio tintorero, hijo de los ciudadanos LUIS MIGUEL MOYA Y MAYERLIN MENDOZA, residenciado en la vía hacia Naricual, sector Pica del Neveri, calle del Crucero, Barcelona, Estado Anzoátegui, por los delitos de HURTO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION Y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previstos y penados en los artículos 451 y 413 del Código Penal, de conformidad con el artículo 256 numerales 3º y 6º del Código Orgánico Procesal Penal. Se decreta .....