Este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETÓ MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a los imputados RUTH JOSEFINA BONPART ARCIA, de las contenidas en los ordinales 3° y 6º del articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en 1.- Presentación cada TREINTA (30) DÍAS por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial, 2.- Prohibición de acercarse y comunicarse con la victima. En relación a las ciudadanas YUDEIFRI JAQUELINE MATA BAEZ y MARIANYELI JOSE GONZALEZ SANTANA solo en lo que refiere al numeral 9 del referido articulo consistente en estar atentas al llamado del Tribunal con ocasión a las diligencias y actos que deban llevarse a cabo con ocasión al presente proceso penal a las imputadas YUDEIFRI JAQUELINE MATA BAEZ, MARIANYELI JOSE GONZALEZ SANTANA, titular de la cédula de identidad Nº 16892139, 1931653.....