Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION, a favor de los ciudadanos DANNY RAFAEL HERRERA CHACIN, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.050.373, natural de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, donde nació en fecha 06-06-80, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos CARLOS HERRERA y CARMEN CHACIN, residenciado en la calle Principal, casa Nº 37, Sector Puente Ayala, Barcelona, Estado Anzoátegui, y ANDRI JOSE MENDOZA MEJIAS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 21.388.604, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07-01-1992, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos PEDRO MENDOZA y MARLENI MEJIAS, residenciado en la calle San Antonio, casa Nº 67,.....