DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano JESÙS EDUARDO BOTTOMO SÀNCHEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 18.280.750, soltero, DE 21 AÑOS DE EDAD, de profesión u oficio Andamiero, nacido en Barcelona, Estado Anzoátegui, en fecha 04/12/1986, hijo de los ciudadanos HARO CELIS BOTTOMO (V) y OLGA SÀNCHEZ (V), residenciado en: San Diego, Calle Principal. Casa Nº 37. Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, cerca de la Panadería, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, penado en el Articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con el articulo 256, Ordinales 3º y 4º .....