Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA la LIBERTAD SIN RESTRICCION de los ciudadanos FRANKLIN JOSE GUILARTE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 18.512.101, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 17-05-84, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de JORGE GUILARTE (D) y de CRUZ MARIA GOMEZ (V), residenciado en Calle 23 de Julio, S/N, Las Delicias, cerca del Mercado, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, y ARGENIS JESUS VILLAEL, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 18.848.607, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 19 años de edad, nacido en fecha 11-03-87, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de ARGENIS VILLAFRANCO (d) y de MAGALI DE VILLAEL (v), residenciado en la calle 23 de.....