DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expresados, este Tribunal de Control Nº 2 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien dijo ser Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 21/09/1988, Indocumentado, soltero, con sexto grado de instrucción, hijo de los ciudadanos IDENTIDADES OMITIDAS, por el delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en el artículo 457, del Código Penal Vigente, en relación con el artículo 83 Ejusdem, que se señala cometido en perjuicio de la ciudadana MAGALI JOSEFINA MARÍN CEDEÑO, por el lapso de un (01) año; todo de conformidad con los artículos 555 y 561 literal e, 562, 649, todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en concordancia c.....