IV
DECISIÓN
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional, ante el señalado abandono y al no evidenciar en el caso bajo estudio elementos que puedan afectar el orden e interés público, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, en la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la ciudadana MAGALLYS CACERES QUIJADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.316.100 y de este domicilio, en contra de la ciudadana ANA PATRICIA LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.369.604. Así se decide.-
Regístrese, publíquese, déjese de la presente decisión. Asimismo Archívese el expediente.
Dada, firmada y sellada .....