IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la presente demanda por DESALOJO, incoada por la ciudadana IVEIRY ANDREINA MENDOZA HERNANDEZ; Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.677.245, domiciliada en Puerto la Cruz, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la abogada en ejercicio CINZIA FLORIAN MAGO, de este domicilio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 160.783, en contra de los ciudadanos: ALEJANDRO JOSE MOINO ORSONI y RODOLFO ANGEL CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 8.275.273 y 11.905.935, domiciliados en Puerto la Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, en su carácter de PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE.....