Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa por Cobro de Bolívares tramitado por el Procedimiento de Intimación, presentada por los abogados en ejercicio JOSE GREGORIO FREITES TORRES y MARITZA RONDON DE ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 15.065.010 y 8.467.915, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 113.664 y 63.721, respectivamente, en sus caracteres de apoderados judiciales de la empresa CORPORACIÓN ALBA-DREI, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 13 de mayo de 2.003, anotada bajo el Nº 28, Tomo A-19, en contra de la empresa "AGENTES INTERNACIONALES", C.A., inscrita en .....