Este tribunal, en el juicio de Daños Morales, incoado por la ciudadana Nelida Medina de Berroteran en contra de Centro Médico Zambrano, C.A., negó la admisión de las pruebas promovidas por la parte actora en su capitulo II; asi como tambien las pruebas promovidas por la parte demandada en sus capitulos III y IV de dicho escrito de pruebas, igualmente, se ordenó comisionar al Juzgado del Municipio Simón Bolivar del Edo. Anzoátegui, y se fijó el 3er dia de despacho siguiente al de hoy, la 1. P.M, a fin de hacer efectiva la inspección solicitada por la parte demandada.