IV
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrador Judicial, en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Demanda por ACCIÓN MERO DECLARATIVA presentada por la Ciudadana: BETTZAHAYDA BARRIOS ZAMORA venezolana, mayor de edad, y titular de la Cedula de Identidad Nº 8.268.989, debidamente representada por los Abogados CECILIA VILLAROEL CASTRO Y RAFAEL AULAR PRADO, titulares de la Cedula de Identidad Nº 84.631 y 113.624, respectivamente, en contra de los Ciudadanos: CORINA PADRON MONCADA Y ANDREINA PADRON MONCADA, venezolanas, mayores de edad, titular de las Cedulas de Identidad Nros. 18.358.297 y 15.153.811, respectivamente, y domiciliadas en el condominio Colina Park B once, entre la Avenida 2 y 3 los Samanes, Municipio Baruta, estado Miranda, de la Ciudad.....