Este Tribunal en base a los hechos antes se referidos y a lo dispuesto en el citado artículo, decreta medida innominada de protección sobre el inmueble constituido por parcela de terreno y casa sobre la misma construida, ubicada en Calle Eulalia Buroz, casa Nº. 4, Casco Central de Puerto La Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, el cual se encuentra registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, bajo el Nº. 76, folios del 219 al 222, Protocolo Primero, Tomo Segundo, Segundo Trimestre del año 1.976; en el sentido de que se autoriza a la ciudadana Ircis Josefina Rodríguez Rojas, antes identificada, para que habite el referido inmueble, hasta tanto sea decidida la presente pretensión, para lo cual se comisiona suficientemente al Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar. Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de esta misma Circunscripción Judicial, correspondiente median.....