En virtud de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de Divorcio intentada por el ciudadano Carlos Andrés Copelan López, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.224.779, contra la ciudadana Maritzol Margarita Patiño Fandiño, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.556.923; en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los antes mencionados ciudadanos, en fecha 27 de diciembre de 1.999, por ante la Prefectura de la Parroquia Pozuelos, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, según consta de acta de matrimonio Nº 635, acompañada a los autos en copia certificada.- Así también se decide.-
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza .....