Por todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara Incompetente para conocer la presente acción de DAÑOS MATERIALES POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO, en consecuencia DECLINA el conocimiento de la presente causa al Juzgado del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, correspondiente mediante distribución. Remítase la Causa, junto con oficio, a fines de su distribución.