Por lo expuesto, este Tribunal Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION a la TRANSACCION JUDICIAL celebrada entre el abogado EDGAR JOSE HERNANDEZ RODRIGUEZ, identificado en autos, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, MERCANTIL C.A., BANCO Universal, y la ciudadana EDITH ESPERANZA RUBIO RUIZ, actuando en su propio nombre y en su condición de Vicepresidenta de la Sociedad Mercantil ACARO FABRICACIONES y CONSTRUCCIONES, C.A, en los mismos términos expuestos de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, otorgándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Asimismo se homologa el desistimiento del procedimiento en lo que respecta al co-demandado JHONNY ACARO PEREZ. ASI SE DECIDE.-