Por las consideraciones que anteceden de hecho y de derecho, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de divorcio, propuesta por la ciudadana MARIA COROMOTO MARTINEZ POREZA en contra el ciudadano CELSO JOSE RENGIFO LEON, con fundamento en la Causal Segunda invocada en el Abandono Voluntario. Celebrado dicho matrimonio el día 12 de marzo de dos mil ocho por ante el Registro Civil del Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui, según consta en Acta No. 114, folio No. 114, llevado por ante esa Notaría.-Y así se decide.-