Ahora bien, por cuanto en esta localidad existen Tribunales de Primera Instancia, con competencia en materia Civil, este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Barcelona, se declara incompetente por la materia para conocer de la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano LUIS RAFAEL FONNT ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.176.827, domiciliado en la calle Guayaquil, casa N°. 6-39, Barrio Sucre, Municipio Bolívar, de la ciudad de Barcelona, del estado Anzoátegui, debidamente asistido por los abogados en ejercicio REINA ACOSTA DE RODRIGUEZ y RAFAEL CELESTINO TORREALBA, abogados en ejercicio en inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 98.143 y 81. 888, respectivamente, y declina su conocimiento en los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, a donde se acuerd.....