Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, y a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos NANCY RODRIGUEZ DE ARRIOJAS Y BERNALDO CORREDOR GARRIDO, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos MERCEDES DEL VALLE GUACARAN DE RODRIGUEZ, JUAN CARLOS RODRIGUEZ GUACARAN, RAFAEL SIMON RODRIGUEZ GUACARAN y COROMOTO DEL VALLE RODRIGUEZ GUACARAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 3.170.833, 7.948.952, 13.369.267, 15.699.001, respectivamente , sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus JUAN BAUTISTA RODRIGUEZ VILLARROEL, quien conforme consta del Acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 495.983, de estado civil Casado, y quien falleció en fecha 27 de mayo de 2012; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros.....