Por consiguiente, este Tribunal Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1.- HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación intentado por la representación judicial de la ciudadana ARELIS ROJAS DE HECHT, ya identificada; 2.- Al constatar, por notoriedad judicial, que las partes en controversia en la presente causa, guardan relación con el expediente signado con el N° BP02-R-2004-001007, de la nomenclatura interna de este Tribunal, ORDENA agregar a dicho expediente copia certificada de todas las actuaciones contenidas en la causa bajo análisis, incluyendo la presente decisión; 3.- ORDENA remitir el presente expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo.