En Consecuencia, se ordena oficiar al Gerente de Finanzas de la empresa P.D.V.S.A, ubicada en la ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, a los fines de que remita en cheque de gerencia a nombre de éste Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 02, LA CUOTA PARTE correspondiente por Concepto de Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Fondo de Ahorros, Seguro de Vida, Pensión por Sobreviviente o cualquier otro beneficio que le pudieran corresponder por el fallecimiento de su madre ciudadana LUZ MARINA SALAZAR DE VELASQUEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.484.882, fallecida Ab-intestato el día 16 de Septiembre del año 2004, quien para el momento de su deceso prestaba sus servicios en dicha empresa. Líbrese oficio. Asimismo, se AUTORIZA SUFICIENTEMENTE al ciudadano ALI JOSE VELASQUEZ VASQUEZ, antes identificado, para que retire por ante este De.....