en consecuencia, esta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la rectificación solicitada y en consecuencia, acuerda la corrección del primer nombre de la madre del adolescente de autos, ciudadana ANIRIAN YANET RAMIREZ de VASQUEZ, el cual el correcto es: "ANIRIAN", y no como aparece en el original de la Partida de Nacimiento consignada en autos, quedando así rectificada dicha Partida de Nacimiento del hijo de la solicitante, ciudadana ANIRIAN YANET RAMIREZ de VASQUEZ, antes plenamente identificada, inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por la Prefectura del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, bajo el N° 3.001, correspondiente al año 1991. Se acuerda además oficiar lo conducente a la Prefectura del Municipio Sotillo y al Registrador Princi.....