En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 01, la admite cuanto ha lugar en derecho se requiere por no ser contraria al orden publico, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, conforme a lo dispuesto en el Articulo N° 34l del Código de Procedimiento Civil, cítese por medio de boleta al ciudadano JESUS ROLANDO GONZALEZ REBOLLEDO, mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de Identidad N° 14.615.752, quien presta sus servicios en la Empresa AGMA, Agencia Marítima de Representaciones, ubicada en la siguiente dirección, calle Guaraguao, edificio Don Manuel, planta baja Puerto la Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, para que comparezca al Tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30 A.M), y las tres y treinta de la tarde (3:30P.M), a objeto de que de contestación a la Demanda incoada en su contra por la ciudadana MAURY ANGEL DIAZ SALAZAR. Con la advertencia que el día de.....