Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA la LIBERTAD por aplicación de MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, a los ciudadanos: JOSÉ FRANCISCO CAMPOS, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 8.286.787, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 21-09-72, hijo de Ramón Arreaza y Clemencia Campos, de profesión u oficio Agricultor, domiciliado en el Sector Caserío El Merey, Bergantín, Casa sin número, Estado Anzoátegui, Y LUIS RAMÓN BELISARIO, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 8.239.672, natural de El Tigre, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 31-08-60, hijo de Pedro Veracierta y Zuldelena Belisario, de profesión u oficio Agricultor, domiciliado en el caserío El Merey, Calle San José, Casa Nro. 24-12, Bergantín, Estado Anzoátegui, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256, Ordinales 3° del Cód.....