Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: ANGEL ROSO MEDINA, YRENY DEL VALLE MORENO BOLIVAR, JUAN EFRAIN MORENO BOLIVAR, OEDRO RAFAEL MORENO BOLIVAR, SERGIO JESUS BOLIVAR y ANGEL JOSE MEDINA BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-4.511.885, V-8.476.891, V-10.062.873, V-11.659.112, V-15.015.635 y V-19.438.794 como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la extinta: TRINA DE JESUS BOLIVAR DE MEDINA, quien era venezolana, mayor de edad, Casada, Enfermera, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.746.372, y falleció ab-intestato, en el sector Bajo I de Pariaguán, Municipio Francisco de Miranda del Estado Anzoátegui, en fecha 20 de Octubre del año 2009 , y así se decide.-