Por los anteriores razonamientos este Tribunal, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la Acción de Amparo Constitucional incoado por la Ciudadana LAURA MARÍA PÉREZ, asistida por el abogado JOSÉ GREGORIO TINEO contra el auto dictado por el Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha cinco de mayo de dos mil seis, en consecuencia ORDENA SUSPENDER la ejecución forzosa que fuere acordada por el mencionado Juzgado, mediante el cual de fecha cinco de mayo de dos mil seis, y así se decide.-