DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con Lugar la solicitud presentada por la Dra. ROSA ALACAYO, en su carácter de Defensor Público Penal del acusado CERMEÑO DOUGLAS ALEXANDER; en consecuencia, se conforme a los artículos 256, numerales 3, 4, 5, 6 y 9, en concordancia con el 264 y 244, todos del Código Orgánico Procesal Penal se sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada en fecha 30-08-02 por Medidas Cautelares menos gravosas a favor del mencionado acusado. SEGUNDO: Trasládese al acusado CERMEÑO DOUGLAS ALEXANDER, a éste Juzgado de Control Nro. 02 para el día jueves 02-09-04, a las 9:00am, a los fines de imponerlo de la presente decisión; oportunidad en que se librará la respectiva Bole.....