en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: DECLARAR LA UNION ESTABLECE DE HECHO (CONCUBINATO) DESDE EL AÑO 2000 HASTA EL AÑO 2013, entre los ciudadanos LUIS MALQUIADES MALAVE ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.453.650, domiciliado en Pozuelo, calle Pinto Salinas ,Pto la Cruz, Estado Anzoátegui y la ciudadana ADRIANA ROSA ALFONSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.199.677 domiciliado en Urbanización Vista Alta, calle los Apamates, calle 5, Casa Nº A-79, cerca del Hospital Luis Razetti, Barcelona, Estado Anzoátegui, que procrearon una adolescente: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Boliv.....