"... Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos, convenida entre los EUGENIO GABRIEL MARCANO GONZALEZ y ANNYI COROMOTO BAEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de Identidad Nro. 10.537.458 y V-12.490.014, y declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, según se evidencia de Copia Certificada de Acta de Matrimonio, la cual corre inserta bajo el acta N° 569, inserta en los Libros de la Oficina de Registro Civil del Municipio Turístico el Morro, Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, la cual fue acompañada en autos. Y así se decide...."