Anótese en los libros respectivos, por cuanto la misma no es contraria a derecho, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.01 la ADMITE, y en consecuencia, a los fines de proveer sobre la presente solicitud, ORDENA: 1). oficiar al Departamento de Prestaciones de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Caracas, a fin de que se sirva remitir a este Tribunal Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº. 01, en cheque de gerencia no endosable a nombre de la ciudadana IRAYDA FLORES, ya identificada representante legal del adolescente, la CUOTA PARTE, que le pueda corresponder por concepto de Prestaciones Sociales, Fideicomiso y cualquier otro beneficio que le pudiera corresponder al adolescente y niños arriba mencionados, en su condición de herederos de su padre ciudadano JOSE MERCEDES LANZA APARICIO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-3.688.860, fallec.....